El Tribunal Supremo de Texas ratifica la prohibición del cáñamo fumable

El Tribunal Supremo de Texas ha confirmado recientemente la prohibición estatal del cáñamo fumable. Esta es una mala noticia para la industria del cáñamo fumable dentro y fuera de Texas. Hoy analizaremos lo sucedido.

Como saben nuestros lectores, la Ley Agrícola federal de 2018 clasificó el "cáñamo" como un producto agrícola y eliminó el cáñamo de la lista I de la Ley Federal de Sustancias Controladas. La Ley Agrícola autorizó a los estados a desarrollar su propia estructura regulatoria para regular el cáñamo bajo la supervisión del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos. Texas se apresuró a adoptar su propia normativa para permitir la fabricación y venta de productos de cáñamo. Texas prohibió el "procesamiento" o la "fabricación" de productos que contengan cáñamo para "fumar". En virtud de esta ley, el Departamento de Servicios de Salud del Estado de Texas adoptó una norma que prohibía lo mismo.

Un grupo de empresas de cáñamo demandó al Departamento solicitando una declaración de que la prohibición del cáñamo fumable violaba la garantía de la Constitución de Texas de que "[n]ingún ciudadano de este Estado será privado de la vida, la libertad, la propiedad, los privilegios o inmunidades, o de alguna manera privado de sus derechos, excepto por el debido curso de la ley del país". (la "cláusula del debido proceso"). Las empresas de cáñamo argumentaron que la prohibición del cáñamo fumable era inconstitucional porque no tenía "ninguna conexión racional" con ningún posible interés gubernamental y su efecto en el mundo real es tan gravoso que resulta opresivo en comparación con cualquier interés de este tipo.

El Tribunal Supremo de Texas no estuvo de acuerdo y mantuvo la prohibición del cáñamo fumable. El tribunal razonó que las empresas de cáñamo no tienen ningún interés protegible con respecto al cáñamo fumable. Las empresas de cáñamo argumentaron que la prohibición infringe sus derechos de libertad y propiedad para trabajar y ganarse la vida. Este derecho ha sido reconocido tanto por el Tribunal Supremo de Texas como por el de Estados Unidos. Pero el tribunal, en lugar de adoptar una visión amplia del derecho en cuestión, lo definió de forma restrictiva como el derecho a dedicarse a la actividad económica de fabricar y procesar productos de cáñamo fumable. Consideró que este derecho no goza de protección constitucional, dada la historia de la prohibición de la marihuana a nivel estatal y federal. En consecuencia, proclamó que no existe ni un "interés de libertad" ni un "interés de propiedad adquirido" en la fabricación y elaboración de productos de cáñamo fumables.

En nuestra opinión, la suerte estaba echada una vez que el tribunal definió de forma restrictiva el derecho en cuestión y el razonamiento del tribunal es, en última instancia, circular. Si la existencia de un derecho depende de su tratamiento normativo histórico, el tribunal sólo podía llegar a la conclusión a la que llegó definiendo el derecho de forma restrictiva para que sólo incluyera conductas prohibidas durante casi un siglo. En términos más sencillos, una vez que el tribunal definió el derecho como el "derecho a fabricar y procesar productos de cáñamo fumables", su análisis histórico sólo podía llevar a la conclusión de que no existe tal derecho.

La principal conclusión es que la acción legislativa es probablemente la única forma de revertir la prohibición del cáñamo fumable.

Para más información sobre las prohibiciones del cáñamo fumable, véase: