Reprogramación del cannabis y marcas registradas

La reclasificación del cannabis parece ser una cuestión de tiempo y mis colegas han escrito sobre las posibles implicaciones (ver aquí, aquí y aquí). La reclasificación a una categoría menos restrictiva también tendrá implicaciones para las marcas de cannabis. Al ampliar la legalidad de los productos y servicios del cannabis, la reclasificación también hará que más marcas de cannabis puedan acogerse a la protección federal.

La Oficina de Patentes y Marcas de EE.UU. (USPTO) denegará el registro de cualquier marca utilizada en relación con productos o servicios que sean ilegales según la legislación federal. Eso incluye todo el cannabis que se considere marihuana según la Ley de Sustancias Controladas (CSA), es decir, todo el cannabis con un contenido de THC superior al 0,3%. La inclusión de la marihuana en la lista de sustancias controladas más restrictiva cierra prácticamente la puerta a que cualquier actividad relacionada con ella se considere legal con arreglo a la legislación federal.

La reclasificación del cannabis cambiaría esta situación. Siguiendo la recomendación del Ministerio de Sanidad y Servicios Humanos, muchos comentaristas creen que es probable que el nuevo hogar del cannabis sea la Lista III. Las sustancias de la Lista III son aquellas que "tienen un potencial de abuso menor que las sustancias de las Listas I o II y su abuso puede provocar una dependencia física moderada o baja o una dependencia psicológica alta". Según la División de Control de Desvíos de la Administración para el Control de Drogas (DEA), las sustancias de la Lista III incluyen "productos que no contienen más de 90 miligramos de codeína por unidad de dosis (Tylenol with Codeine®), y buprenorfina (Suboxone®)".

Ese ® indica una marca registrada, lo que refleja el hecho de que las marcas pueden registrarse en relación con las sustancias de la Lista III. A su vez, esto subraya que, aunque siguen estando controladas, las sustancias de la Lista III pueden, en determinadas circunstancias, utilizarse legalmente. Se pueden encontrar símbolos ® dentro de los ejemplos de sustancias previstos para todas las listas, excepto la Lista I, donde actualmente se encuentra la "marihuana". La reclasificación del cannabis hará posible el registro de marcas en relación con el cannabis, incluso si el cannabis sólo se reclasifica a la Lista II. OxyContin® es un ejemplo de sustancia de la Lista II cuya marca está registrada.

A pesar de la eventual reclasificación del cannabis, es probable que algunas marcas de cannabis sigan teniendo problemas en lo que respecta a la protección federal de marcas. Por ejemplo, el cáñamo no es una sustancia controlada, pero los alimentos a base de cáñamo y CBD son considerados ilegales por la Food and Drug Administration (FDA). En virtud del requisito de uso lícito, la USPTO denegará el registro de marcas en relación con cualquier producto o servicio que sea ilícito según la legislación federal, no sólo los que infrinjan la CSA.

Sin embargo, para algunas marcas, la reprogramación les permitirá obtener la protección de la marca federal. Este es el momento adecuado para que esas marcas empiecen a revisar sus estrategias de marcas, con vistas a asegurarse de que aprovechan al máximo las oportunidades que presenta la reprogramación del cannabis. Esto incluye no sólo analizar si es probable que sus productos y/o servicios puedan acogerse a la protección de marcas, sino también examinar los fundamentos de la protección de marcas, como asegurarse de que sus marcas no son genéricas, geográficamente descriptivas o confusamente similares a marcas registradas o previamente solicitadas.