Explicación de las noticias de ayer sobre la reprogramación de la marihuana

Ayer se conocieron grandes noticias que la industria del cannabis llevaba esperando desde el verano pasado. No estoy de acuerdo con algunos de los titulares, así que aquí está el mío: "La DEA supuestamente acuerda iniciar una propuesta para reclasificar la marihuana...". Evidentemente, soy abogado y no periodista, pero el "supuestamente" y el "iniciar una propuesta de reglamentación" son consideraciones clave aquí en Canna Law Blog.

¿Cómo hemos llegado hasta aquí?

En octubre de 2022, el presidente Biden solicitó que el Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) revisara la inclusión de la marihuana en la Lista I de la Ley de Sustancias Controladas (CSA). El HHS siguió esa directiva, recomendando el 30 de agosto de 2023, que la marihuana fuera trasladada a la Lista III. Mi análisis en tiempo real de lo que significaría una colocación en la Lista III se puede encontrar aquí. No voy a volver a escribir gran parte de ese análisis hoy, pero me atengo a todo, y os animo a hacer clic en ese enlace cuando haya terminado.

¿Cuál es el siguiente paso?

Más arriba he mencionado que la DEA "al parecer" ha aceptado seguir la propuesta del HHS. El siguiente paso será que la DEA confirme esa información. Es probable que veamos una declaración o un comunicado de prensa, y que se publique una notificación de propuesta de normativa. He aquí un ejemplo de lo que parece, de un reciente reglamento de la DEA sobre la prescripción de sustancias controladas a través de la telemedicina. Traigo a colación ese ejemplo en particular porque la DEA recibió "la cifra récord de 38.000 comentarios" sobre esas normas propuestas. En mi opinión, la industria de la marihuana se queja más que ejerce presión, pero yo diría que el número de comentarios sobre la marihuana es 3 veces superior al de la telemedicina.

¿Cuánto durará la reglamentación?

No pretendo ser un experto en la Ley de Procedimiento Administrativo. Puedo decir con seguridad, sin embargo, que gran parte de esto depende de qué norma o normas propone exactamente la DEA, y cuándo. En este momento, se informa de que la DEA tiene un proyecto de norma a la Oficina de Gestión y Presupuesto para su revisión. Este proceso puede durar hasta 90 días.

Una vez publicada la norma, sepa que la DEA puede prorrogar los plazos según sea ostensiblemente necesario. Por ejemplo, en el caso de la telemedicina, la DEA y un organismo afín prorrogaron un conjunto de normas temporales durante seis meses mientras la DEA esperaba a publicar su propuesta de norma definitiva (la que despertó tanto interés). Por último, incluso si la DEA intenta avanzar con rapidez, he mencionado la posibilidad de litigios e impugnaciones a la elaboración de normas. Es probable que alguien presente una demanda.

¿Está diciendo que la reprogramación podría no entrar en vigor antes de las elecciones presidenciales?

Pues sí. De hecho, dudo que el cannabis esté en la Lista III en noviembre. Y por extensión, siempre existe la posibilidad, aunque remota, de que la DEA se retracte de esta decisión. Una revocación en ese sentido sería legalmente problemática, por si sirve de algo. La CSA es clara en que mientras la DEA mantiene la autoridad final para reclasificar la marihuana, las recomendaciones del HHS "serán vinculantes ... en cuanto a [] asuntos científicos y médicos". Creo que la marihuana pasará a la Lista III.

¿Y la Oficina de Asesoría Jurídica?

Ni siquiera preguntes.

¿Cuál será la mayor ventaja para la industria si la marihuana pasa a la Lista III?

Tiene que ser una reducción de impuestos. Impuestos hasta el final. Ya expliqué en mi post del 30 de agosto por qué la liberación de la mordaza del IRC § 280E no curará completamente los dolores de cabeza fiscales a los que se enfrentan las empresas de cannabis, y por qué las empresas de cannabis todavía no tributarán como otras empresas con un estatus de Lista III. Pero, ¡vaya!, muchas de estas empresas van a ver mejores márgenes de la noche a la mañana. Muchas de ellas también encontrarán alivio al no tener que pensar tanto en las arriesgadas y novedosas propuestas de evasión fiscal.

¿Cuáles son otros marcadores de la ley del cannabis?

Hay bastantes. Un artículo de ayer del New York Times menciona, de pasada, la posibilidad de "suavizar otras leyes y normativas que tienen en cuenta el consumo o la posesión de cannabis, incluidas las directrices sobre sentencias, la banca y el acceso a viviendas públicas". Estoy de acuerdo con todo eso. Sin embargo, el paso a la Lista III parece menos útil para otros ámbitos empresariales, como la quiebra o las marcas registradas.

¿Qué significaría esto para los mercados estatales de cannabis legal?

Ayer recibí esta pregunta de un cliente (¡Hola Tom!). La respuesta es: "no mucho". Esto se debe a que el comercio interestatal seguirá estando prohibido bajo la Lista III. Sí, la probabilidad de aplicación de la ley federal contra las empresas con licencia estatal de marihuana disminuirá (de la FDA, DEA, donde sea), pero las probabilidades de aplicación son muy bajas ya - por lo menos con respecto a la actividad comercial básica. Una vez más, creo que los beneficios de la Lista III estarán más en el lado del tratamiento fiscal, que debería dar lugar a beneficios secundarios, como la reducción de los costes de capital.

Si la marihuana pasa a la Lista III, ¿se mantendrá?

Yo creo que sí, como una cuestión puramente administrativa. Con esto quiero decir que el HHS y la DEA no revisarían el estatus de la planta en ningún momento en la próxima década o dos. Dicho esto, el Congreso siempre podría interceder. El Congreso tiene el poder de eliminar la marihuana de la CSA por completo, en cualquier momento y por cualquier razón. Algún día, cuando la marihuana sea finalmente desclasificada por completo -y tratada al menos con el mismo respeto que los cigarrillos, el alcohol, el azúcar, etc.- tendremos que dar las gracias al Congreso, no a los policías o científicos de Washington.

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