Introducción a la Ley Unruh de Derechos Civiles de California (UCRA)

Este verano, escribí sobre una demanda del Título III que se presentó contra la empresa de cannabis NC3 Systems dba Caliva. Como recordatorio rápido, el Título III de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades ("ADA") requiere que todas las empresas eliminen cualquier obstáculo que interfiera con la capacidad de una persona con discapacidad para acceder a sus productos o servicios en línea.

El demandante había presentado una denuncia alegando que el sitio web de Caliva le negaba un acceso pleno y equitativo a las instalaciones, bienes y servicios de Caliva. En última instancia, el demandante presentó causas de acción en virtud del Título III y de la Ley Unruh de Derechos Civiles de California ("UCRA"), que es ligeramente diferente y merece su propio manual porque, lamentablemente, abre la puerta a que el demandante recupere también las sanciones legales. Allá vamos:

Al igual que el Título III, la UCRA garantiza a todas las personas de California un acceso "pleno e igualitario" a "todos los establecimientos comerciales de cualquier tipo" e impone a los establecimientos comerciales la obligación de atender a todas las personas sin discriminación arbitraria. Al igual que la ADA, la definición de "establecimiento comercial" incluye lugares no físicos y sitios web de Internet.

La ley otorga legitimación activa a "cualquier persona perjudicada" por una conducta que infrinja la UCRA. Se trata de una definición más restringida que la del Título III: un demandante privado sólo puede demandar si es víctima real del acto discriminatorio. Más relevante para nuestros clientes hoy en día, una persona que visita el sitio web de una empresa con la intención de utilizar sus servicios, pero se encuentra con términos y condiciones que supuestamente niegan ese acceso pleno e igualitario, tiene legitimación activa. No es necesario que la persona realice algún tipo de transacción o llegue a un acuerdo.

En cambio, el ámbito de quién es potencialmente responsable en virtud de la UCRA es bastante amplio. La responsabilidad en virtud de la UCRA se extiende a quienquiera que sea responsable de la discriminación. Por supuesto, normalmente se nombra a la propia empresa como demandada. Pero la responsabilidad también puede extenderse a los empleados o incluso a contratistas independientes si los hechos son correctos.

Y como he mencionado anteriormente, la mayor diferencia práctica entre el Título III y la UCRA es la sanción legal prescrita, además de las otras medidas de alivio previstas:

  • Sanción legal: el demandante también tiene derecho a una indemnización por daños y perjuicios de al menos 4.000 dólares y hasta el triple de los daños reales por infracción, aunque no se hayan sufrido ni demostrado daños reales. Una vez más, el demandante debe demostrar que la infracción le negó "el acceso pleno y en condiciones de igualdad al lugar de alojamiento público en una ocasión concreta", es decir, que se le negó el acceso al encontrarse con la infracción o ser disuadido por ella.
  • Medidas cautelares: La UCRA autoriza medidas cautelares, incluidos mandamientos judiciales permanentes, mandamientos judiciales preliminares y órdenes de alejamiento.
  • Indemnización compensatoria: un demandante puede recuperar sus daños reales.
  • Honorarios de abogados y costas.

En cuanto a la demanda, parece que el demandante y Caliva llegaron a un acuerdo rápidamente, sin duda en parte porque litigar este tipo de casos es costoso y la inclusión de las reclamaciones UCRA crea un cálculo de daños más pronunciado. El caso terminó siendo desestimado poco más de dos meses después de su presentación, pero deberíamos esperar ver un flujo constante de este tipo de demandas en el nuevo año a medida que las empresas sigan ampliando su presencia en línea.

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