Nuevas peticiones AD/CVD: Ácido 2,4-diclorofoxiacético (2,4-D) procedente de China e India (AD/CVD)

Nueva Petición AD/CVD: Ácido 2,4-Diclorofenoxiacético (2,4-D)

El 14 de marzo de 2024, se presentaron solicitudes antidumping (AD) y derechos compensatorios (CVD) contra las importaciones de ácido 2,4-diclorofenoxiacético (2,4-D) procedentes de la República Popular China y la República de la India.  Las peticiones fueron presentadas por Corteva Agriscience LLC.  El 2,4-D es el ingrediente activo utilizado en una amplia variedad de herbicidas.

Estas investigaciones de AD/CVD serán llevadas a cabo por dos agencias federales.  La Comisión de Comercio Internacional ("ITC") investigará si las importaciones objeto de investigación son una causa de daño.  El Departamento de Comercio de los Estados Unidos ("DOC") investigará si las importaciones objeto de investigación se venden a los Estados Unidos a un precio inferior al valor justo ("dumping") o si se benefician de subvenciones gubernamentales injustas.  Ambos organismos tienen que formular constataciones positivas de daño o amenaza de daño (USITC) o de dumping o subvenciones (DOC) para que se impongan derechos antidumping y compensatorios a las importaciones objeto de investigación.

Alcance

En la petición se proponía la definición del alcance de este caso de la siguiente manera:

La mercancía abarcada por la presente investigación es el ácido 2,4-diclorofenoxiacético ("2,4-D"). 2,4-D tiene el número de registro del Servicio de Resúmenes Químicos ("CAS") de 94-75-7 y la fórmula química C8H6Cl2O3. El componente 2,4-D de cualquier producto derivado de 2,4-D, incluidas, entre otras, las formas de sal de amina y éster de 2,4-D, están cubiertas por el alcance de la orden.

Las formas de sal y éster de 2,4-D incluyen, entre otras, sal 2,4-D (CAS 2702-72-9), sal de dietanolamina 2,4-D (CAS 5742-19-8), sal de dimetilamina 2,4-D (CAS 2008-39-1), sal de 2,4-D-isopropilamina (CAS 5742-17-6), sal de tri-isopropanolamina 2,4-D (CAS 32341-80-3), 2,4-D BEE (CAS 1929-73-3), 2,4-D 2-etilhexiléster (CAS 1928-43-4) y 2,4-D-isopropíster (CAS 94-11-1). Todo el 2,4-D, así como el componente 2,4-D de sus formas de sal y éster, está cubierto por el ámbito de aplicación independientemente de la pureza, el tamaño de partícula o la forma física.

La conversión de una sal o éster 2,4-D a partir de un ácido 2,4-D en cuestión, o la formulación de una mercancía no sujeta a investigación con el 2,4-D en cuestión, sus sales y sus ésteres en el país de fabricación o en un tercer país no elimina del ámbito de aplicación el 2,4-D en cuestión, sus sales o sus ésteres. Para cualquiera de estas formulaciones, solo los componentes de sal 2,4-D, sal 2,4-D y éster 2,4-D de la mezcla están cubiertos por el alcance de la orden.

El 2,4-D, sus sales y sus ésteres se clasifican en la subpartida 2918.99.2010 del Arancel Armonizado de los Estados Unidos (HTSUS). Otras mercancías sujetas al alcance actual, incluidas las formulaciones antes mencionadas que pueden clasificarse en 3808.93.0500 y 3808.93.1500. Los subtítulos HTSUS y el número de registro CAS se proporcionan por conveniencia y con fines aduaneros. La descripción escrita del alcance de la petición es dispositiva.

Presuntos márgenes AD/CVD

El solicitante calculó los márgenes de dumping estimados para los países en cuestión:

China – 143,73-388,53%

India – 62,55%

El peticionario no facilitó ningún cálculo específico del margen de subvención de China o la India.

Exportadores/productores designados

El peticionario incluyó una lista de empresas que, a su juicio, son productoras y exportadoras de la mercancía en cuestión.  Ver lista adjunta aquí

Importadores estadounidenses

El solicitante incluyó una lista de empresas que considera importadores estadounidenses de la mercancía en cuestión. Véase la lista adjunta aquí.

Calendario estimado de investigaciones

14 de marzo de 2024 – Peticiones presentadas

3 de abril de 2024 – El DOC inicia una investigación

4 de abril de 2024 – Conferencia del personal del ITC

29 de abril de 2024 – Determinación preliminar de la ITC

11 de agosto de 2024 – Determinación preliminar de derechos compensatorios del DOC (suponiendo que se extienda el plazo) (6/7/24 – no prorrogado)

10 de octubre de 2024 – Determinación preliminar del DOC AD (suponiendo que se amplíe el plazo)

(21/08/24 – sin prorrogar)

22 de febrero de 2025 – Determinación final del DOC (ampliada)

8 de abril de 2025 – Determinación definitiva de la ITC (ampliada)

15 de abril de 2025 – Órdenes de DOC AD/CVD emitidas (ampliadas)

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