Normativa de emergencia sobre el cannabis en California: Qué se ha aprobado

Hemos escrito un par de veces sobre la normativa de emergencia propuesta por el Departamento de Control del Cannabis(DCC). Véase aquí y aquí. Bajo esas regulaciones, se propusieron algunos cambios interesantes en torno a las definiciones de los propietarios y los titulares de intereses financieros, junto con restricciones a la acumulación de licencias en locales "contiguos" (entre otras cosas).

El 15 de septiembre de 2021, el DCC presentó a la Oficina de Derecho Administrativo (OAL) una acción para adoptar sus reglamentos de emergencia que "consolidan, aclaran y hacen coherentes los criterios de concesión de licencias y aplicación de la ley para las empresas comerciales de cannabis, incluidos los cultivadores, fabricantes, distribuidores, minoristas, microempresas, laboratorios de pruebas, organizadores de eventos de cannabis y eventos temporales de cannabis." La OAL aprobó las regulaciones de emergencia y las presentó ante el Secretario de Estado el 27 de septiembre de 2021. Estas regulaciones de emergencia adoptadas ya están en vigor.

En esta versión adoptada de la normativa de urgencia, he aquí lo que se ha aprobado (y lo que no):

  1. Ahora tenemos una definición de "disolvente no volátil" que incluye ejemplos. Anteriormente, sólo "disolvente volátil" contenía ejemplos en su definición. "Disolvente no volátil" incluye el dióxido de carbono, el etanol y los disolventes no basados en hidrocarburos u otros disolventes como el agua, la glicerina vegetal, el aceite vegetal, la grasa animal y la glicerina.
  2. A los titulares de licencias de cultivo se les permite tener "locales con licencia" dentro de residencias privadas (eso no significa, sin embargo, que la legislación local permita ese tipo de instalación, que depende totalmente de la ciudad y el condado). La razón de este cambio es, según la DCC, ". . . porque los actuales titulares de licencias de cultivo tienen locales que se encuentran dentro de una residencia privada. Por lo tanto, el [DCC] determinó que no sería apropiado implementar este requisito en este momento."
  3. En lo que respecta a las licencias de cultivo provisionales, ya está en vigor la normativa antiapilamiento de facto. Esencialmente, después del 1 de enero de 2022 hasta el 30 de junio de 2022, la DCC no emitirá ni renovará una licencia de cultivo provisional si, entre otras cosas, "La emisión de la licencia podría ... hacer que el negocio comercial de cannabis posea múltiples licencias de cultivo en locales contiguos para exceder un acre de dosel total para el cultivo al aire libre, o 22.000 pies cuadrados para el cultivo mixto de luz o de interior ... los locales se considerarán contiguos si están conectados, tocando, o contiguos". Como señalamos anteriormente, la DCC tendrá que decidir cómo hace cumplir esta normativa, dado el número de formas en que puede ser manipulada por los cultivadores. A partir del 1 de julio de 2022 y de forma indefinida (según parece), la misma norma seguirá en vigor. La bola curva será cuando las licencias de cultivo de tipo 5 (más de un acre al aire libre o más de 22.000 pies cuadrados en interiores por ley) entren en vigor en 2023.
  4. El hecho de tener que firmar un acuerdo de paz laboral en un plazo de 60 días desde que una empresa de cannabis contrata a su vigésimo empleado también ha pasado el corte.
  5. En su definición de propietario, la DCC se deshizo de su absurdo ejemplo de "propiedad agregada". El ejemplo es ahora ". . . una persona que posee el 10 por ciento de las acciones en un negocio de cannabis comercial como accionista individual y el 100 por ciento de las acciones en una entidad que posee el 10 por ciento de las acciones en el mismo negocio de cannabis comercial tiene un 20 por ciento de interés de propiedad agregada en el negocio de cannabis comercial."
  6. En cuanto a la definición general de "propietario", la DCC básicamente mantuvo el ritmo de la definición de la BCC de la palabra, incluyendo expresamente a los fideicomisarios de un fideicomiso que posee un negocio comercial de cannabis. En el anterior conjunto de reglamentos de emergencia, la DCC contemplaba la definición de propietario para incluir a "cualquier persona con la autoridad para proporcionar dirección estratégica y supervisión de las operaciones generales de la empresa comercial de cannabis.... " y "una persona con la autoridad para ejecutar contratos en nombre de la empresa comercial de cannabis". Buena decisión, DCC, eliminar estos dos ejemplos de la definición.
  7. En cuanto a los titulares de intereses financieros (FIH), las personas o entidades que reciban, o tengan derecho a recibir, el 10% de los "beneficios" del negocio del cannabis seguirán siendo FIH. Y el umbral para la no divulgación de individuos o entidades en empresas que cotizan en bolsa o privadas en el 10% o menos también se mantuvo. Muy interesante, el DCC eliminó como FIHs a "Una persona que contrata con el negocio del cannabis para cultivar, fabricar, empaquetar o etiquetar cannabis o productos de cannabis bajo la marca de esa persona". Así que, a primera vista, los acuerdos de licencia de propiedad intelectual de cannabis pueden no ser necesariamente divulgables de nuevo a menos que haya un porcentaje de regalías involucrado o cualquiera de las otras divulgaciones FIH o de propiedad se activan por el acuerdo.
  8. En cuanto a la presentación de los diagramas de los locales de cultivo a la DCC, si usted es un cultivador, deben incluir áreas de dosel (que siempre fue el caso), pero si usted está utilizando un sistema de estanterías, que también tiene que ser detallado en el diagrama de ahora con " . . la superficie de cada nivel se incluirá en el cálculo total de dosel". Por último, los cultivadores ya no tendrán que pagar tasas por las modificaciones de las instalaciones.
  9. La DCC estaba prestando mucha atención a los problemas de la industria con los productos de marca. En los reglamentos de emergencia propuestos, la "mercancía de marca" se definía como "bienes de consumo no consumibles utilizados por un licenciatario con fines publicitarios y de marketing". Ejemplos de productos de marca son la ropa, las bolsas, los bolígrafos, los llaveros, las tazas, las botellas de agua, los cordones, las pegatinas, los pins y los carteles. La "mercancía de marca" no incluye artículos que contengan cannabis ni ningún artículo que se considere alimento según la definición del artículo 109935 del Código de Salud y Seguridad. Esa definición se mantiene. El cambio es que después del 31 de diciembre de 2021 (que antes no era el caso, ya que no había período de gracia), "la mercancía de marca debe tener el número de licencia del licenciatario responsable permanentemente pegado en el exterior de la mercancía, legible y claramente visible desde el exterior de la mercancía". Según la DCC, los licenciatarios disponen ahora de más/suficiente tiempo para adherirse a estos cambios.
  10. En lo que respecta a las muestras comerciales, la norma adoptada consiste básicamente en que los titulares de licencias puedan transferirse entre sí las muestras comerciales designadas antes de la compra de cualquier producto al por menor. Estas muestras comerciales no necesitan estar en "forma final" de venta al por menor, y la designación de muestra comercial no puede cambiarse a posteriori en METRC. En la norma adoptada, la DCC aclara que "las plantas vivas y las semillas no pueden designarse ni proporcionarse a los licenciatarios como muestras comerciales".
  11. El uso de etiquetado suplementario para identificar el nombre del fabricante y la información de contacto en los productos manufacturados no estará permitido después del 31 de diciembre de 2021. A partir de esa fecha, esa información deberá figurar en el panel informativo de la etiqueta del producto de cannabis.
  12. También se han revisado ligeramente los formularios de presentación para el DCC, que pueden consultarse aquí.

Muchos de los reglamentos de emergencia consolidados aportan algunas correcciones técnicas muy necesarias a las normas, pero también introducen nuevas ambigüedades en algunos puntos, la mayor de las cuales es probablemente el reglamento contra el apilamiento de licencias. Me alegra ver que la DCC ha actuado con tanta rapidez para tomar las riendas y abordar algunos problemas inmediatos del sector, pero lo realmente importante serán las interpretaciones que haga la DCC de estos reglamentos a medida que pase el tiempo y los licenciatarios los pongan a prueba.