La DEA da luz verde a la Iglesia sobre la ayahuasca

La Iglesia de Gaia anunció el viernes que se le ha«concedido la primera aprobación de la historia de una solicitud de exención religiosa de la Ley de Sustancias Controladas (CSA), en virtud de la Ley de Restauración de la Libertad Religiosa (RFRA)».Esta exención permite a la Iglesia utilizar legalmente la ayahuasca en sus ceremonias religiosas, lo que la convierte en una de las pocas iglesias de Estados Unidos con acceso legal reconocido a nivel federal a este enteógeno espiritual en ceremonias religiosas. Gaia tiene su sede en Spokane, Washington, y puedes visitar su página web aquí.

En 2009, la DEA estableció una vía extrajudicial para que las organizaciones religiosas solicitaran una exención de la Ley de Sustancias Controladas (CSA) para el uso sacramental de sustancias controladas. Sin embargo, hasta ahora nunca se había concedido ninguna exención formal en virtud de esa política. Si bien la exención concedida a Gaia supone un avance histórico, y es motivo de celebración, también pone de relieve un problema persistente: la falta de transparencia en la toma de decisiones de la DEA.

Los acuerdos y convenios con la DEA no suelen hacerse públicos y, a menudo, están protegidos por acuerdos de confidencialidad. Por lo tanto, es posible que otras iglesias no puedan beneficiarse del conocimiento de la petición de Gaia, ni basarse en su contenido para respaldar sus propias solicitudes de exención.  Esto contrasta con los litigios, en los que las sentencias judiciales proporcionan un precedente público y una guía para los argumentos exitosos (y los fallidos). Se desconoce si Gaia está autorizada o dispuesta a compartir su acuerdo con la DEA. Sin embargo, dado que las normas de la DEA prohíben la divulgación pública incluso de un certificado de registro, no sería de extrañar que el acuerdo estuviera sujeto a estrictos requisitos de confidencialidad.

Como ya he señalado en mi artículo«La “creencia religiosa sincera” es un criterio en constante evolución para las iglesias psicodélicas», el acceso a la jurisprudencia es fundamental para elaborar solicitudes de exención sólidas. Por ejemplo, en virtud de la RFRA, una iglesia debe demostrar que sus creencias religiosas son sinceras y que el uso de una sustancia controlada es fundamental para su práctica religiosa. Una pregunta que surge de críticas anteriores a solicitudes que no prosperaron es cómo Gaia pudo cumplir este requisito si suspendió su uso sacramental a la espera de la aprobación de la DEA. Por lo general, retrasar la práctica religiosa hasta que se conceda el permiso del gobierno puede socavar las alegaciones de necesidad y sinceridad. Aunque el éxito de Gaia es alentador, sin claridad sobre cómo abordó este y otros retos similares, la exención puede ofrecer un valor limitado como modelo para otras iglesias que busquen un alivio similar.

Dicho esto, cualquier vía que garantice un acceso seguro, estructurado y protegido legalmente a los enteógenos sacramentales debería recibir apoyo y perseguirse. Sin embargo, sin un proceso judicial, las futuras exenciones, incluida esta, seguirán siendo vulnerables a los cambios en la dirección de la DEA y a las prioridades políticas.

Para las iglesias que deseen seguir el ejemplo de la Iglesia de Gaia, es fundamental actuar con prudencia. Esto implica contar con asesoramiento especializado desde el inicio del proceso, establecer protocolos internos sólidos de seguridad y cumplimiento normativo, y preparar una solicitud que pueda resistir un riguroso escrutinio jurídico y regulatorio. Sin esa orientación, incluso las comunidades religiosas más sinceras corren el riesgo de que se retrasen o se les nieguen sus derechos sagrados.

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