El Departamento de Justicia reprime el fraude comercial y arancelario: Los importadores se enfrentan a sanciones penales
El Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ) ha colocado el fraude comercial y aduanero en el punto de mira de la fiscalía. El mes pasado, Matthew Galeotti, el recién nombrado jefe de la División Penal del DOJ, publicó un memorando en el que elevaba formalmente la evasión arancelaria y las infracciones relacionadas como objetivos de primer orden para la aplicación de la ley penal.
Esto supone un cambio radical con respecto a las normas históricas, en las que la mayoría de los casos de fraude comercial eran perseguidos por la vía civil por el Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras de EE.UU. (CBP) o por la División Civil del Departamento de Justicia. Ahora, la División Penal está plenamente implicada, y los importadores deben prestar mucha atención.
El fraude comercial, protagonista
El memorando de Galeotti nombraba varias "áreas de alto impacto" a las que el DOJ dará prioridad en su estrategia contra la delincuencia de cuello blanco. El fraude comercial y aduanero ocupa el segundo lugar, justo por detrás de los delitos financieros cibernéticos.
Y lo que es aún más significativo, el DOJ actualizó su Programa Piloto de Premios a los Denunciantes de Delitos Empresariales para incluir el "fraude comercial, arancelario y aduanero por parte de las empresas" como categoría de calificación. Esto incentiva a las personas con información privilegiada a denunciar, lo que significa que las empresas pueden esperar un aumento de las investigaciones desencadenadas por los denunciantes.
Galeotti hizo hincapié en lo mucho que está en juego:
"El fraude incontrolado en los mercados estadounidenses roba a los estadounidenses trabajadores y perjudica al público. Una aplicación agresiva y eficiente promueve los intereses económicos y de seguridad nacional estadounidenses."
No se trata sólo de una postura política, sino de un giro estratégico en la aplicación de la legislación que se extenderá a todas las cadenas de suministro mundiales.
"Todo el mundo lo hace" no es una defensa, y nunca lo fue
Una de las ideas erróneas más peligrosas entre los importadores es la creencia de que, como ciertos comportamientos están muy extendidos, el riesgo de que se aplique la ley es mínimo. Pero la legalidad no se rige por el comportamiento de la multitud, y los reguladores no dan carta blanca a quienes siguen al rebaño.
Eso podría haber sido una apuesta manejable en el pasado. Ahora, es una vía rápida hacia la responsabilidad penal.
Cuando el DOJ eleva una categoría de infracción a la categoría de máxima prioridad, el volumen invita a la atención, no a la protección. Cuanto más común sea la infracción, más fácil será para los investigadores detectar patrones y perseguirlos.
Ejecución real, dinero real: El caso Univar
Una de las acciones de aplicación comercial más importantes de los últimos años fue la de Estados Unidos contra Univar USA Inc., que concluyó con un acuerdo civil de 62,5 millones de dólares por las acusaciones de que Univar clasificó erróneamente la sacarina importada de China para eludir los derechos antidumping.
Nuestro bufete de abogados desempeñó un papel clave a la hora de llamar la atención del gobierno sobre este caso. Como resultado, nuestros clientes -que se presentaron con información crítica- compartieron los fondos de liquidación en virtud de la Ley de Reclamaciones Falsas.
Aunque el caso se resolvió por la vía civil, es casi seguro que la conducta subyacente -clasificación errónea intencionada y evasión de soluciones comerciales- atraería el escrutinio penal en el marco de la postura actual del Departamento de Justicia.
Históricamente, las remisiones penales en asuntos de fraude comercial eran poco frecuentes. Pero hoy en día, con la División Penal del Departamento de Justicia centrada directamente en las infracciones aduaneras, los importadores se enfrentan a un panorama muy diferente: las sanciones civiles ya no son el techo, ahora se pueden presentar cargos.
Por qué es importante para todos los importadores
Las infracciones comerciales -ya sea por infravaloración, falsas declaraciones del país de origen, uso indebido de los acuerdos de libre comercio o clasificaciones arancelarias incorrectas- se han tratado con demasiada frecuencia como pequeñas molestias de cumplimiento.
Esa época ha terminado.
Los importadores de sectores con aranceles elevados, como el textil, el siderúrgico, el electrónico, el químico y el de piezas de automóvil, están especialmente expuestos, pero ninguna industria está exenta del escrutinio del nuevo régimen de aplicación del DOJ.
Y si cree que está aislado porque ha subcontratado la importación a un tercero o proveedor, piénselo de nuevo. La responsabilidad no desaparece cuando se delega. Para profundizar en este riesgo, consulte:
Si su empresa introduce mercancías en Estados Unidos, ésta es su llamada de atención. La línea que separa la supervisión reglamentaria de la exposición penal es ahora más delgada que nunca, y cruzarla puede no ser tan difícil como usted piensa.
Y si cree que es inmune porque ha descargado la importación en otra persona, se equivoca. Ver y e. Ver también,
Si su empresa introduce mercancías en EE.UU., ésta es su llamada de atención.
Qué deben hacer ahora los importadores
1. Crear o reforzar un programa sólido de cumplimiento de las normas de importación
La CBP exige a los importadores que actúen con "diligencia razonable" en lo que respecta a la clasificación, la valoración, el marcado del país de origen y otros aspectos. Esta norma, aunque flexible, conlleva ahora riesgos penales.
Buenas prácticas:
- Realice una auditoría completa de las entradas de importaciones anteriores.
- Elaborar o actualizar protocolos de cumplimiento por escrito.
- Formar periódicamente al personal interno y a los agentes de aduanas.
- Contrate a expertos en aduanas y comercio para que auditen sus sistemas.
2. Realizar la diligencia debida en la cadena de suministro
Muchas infracciones se originan en las fases previas. Confiar ciegamente en la documentación de los proveedores -o en las declaraciones de los intermediarios- no es una defensa.
Pasos de diligencia debida:
- Verificar de forma independiente las declaraciones de proveedores y fabricantes.
- Analizar los documentos de transporte y las facturas comerciales.
- Realizar auditorías aleatorias posteriores a la entrada.
- Mantenga registros detallados para demostrar "cuidado razonable".
3. Establecer o revisar las políticas de divulgación previa voluntaria (DPA)
Las comunicaciones previas voluntarias siguen siendo una de las herramientas más poderosas para reducir las sanciones y evitar las remisiones penales. Las empresas que identifican y revelan las infracciones de forma proactiva tienen muchas más probabilidades de recibir un trato favorable.
Una buena política de VPD incluye:
- Sistemas de detección interna de errores o señales de alarma.
- Definición de protocolos de triaje, investigación y revisión jurídica.
- Supervisión del asesor jurídico para estructurar y presentar eficazmente las declaraciones.
La era de la aplicación de la legislación ya está aquí. ¿Está preparado?
El mensaje del Departamento de Justicia es claro: el fraude comercial es ahora una prioridad de aplicación penal.
Si no ha revisado recientemente el cumplimiento de las normas de importación, o si nunca lo ha formalizado del todo, es hora de actuar. Las consecuencias de la inacción en el entorno actual podrían incluir multas, incautaciones, interrupción del negocio e incluso acusaciones.
Si su empresa importa mercancías a EE.UU., debe conocer sus riesgos y saber cómo reducirlos.