Proteger la propiedad intelectual a través de las aduanas de EE.UU.

Gestión de los derechos de propiedad intelectual en el entorno normativo aduanero de EE.UU.

Para las empresas que importan productos a los Estados Unidos, las aduanas desempeñan un papel fundamental en la aplicación de los derechos de propiedad intelectual (PI), garantizando que no entren en el país mercancías falsificadas y productos infractores. Este artículo analiza cómo los titulares de derechos de propiedad intelectual pueden navegar por el sistema aduanero estadounidense para proteger mejor su propiedad intelectual mediante el registro, la aplicación y la supervisión. Tanto si se trata de una multinacional como de una empresa emergente, conocer estas protecciones puede ser la clave para preservar el valor y la reputación de su marca.

El año pasado, me reuní con la Asociación Interamericana de la Propiedad Intelectual (ASIPI) para debatir qué se puede hacer para proteger las marcas, los derechos de autor y las patentes en el entorno normativo aduanero estadounidense. Las siguientes preguntas y respuestas proceden de este intercambio.

¿Qué organismos gubernamentales de Estados Unidos son responsables de la protección de la propiedad intelectual y cuáles son sus respectivas funciones?

Para empezar, es importante aclarar que estamos hablando del ámbito federal y en sentido administrativo. Por supuesto, hay recursos disponibles a través de los tribunales, pero ese no es el tema central de este debate.

En primer lugar, debemos pensar en las agencias que crean las condiciones para proteger la propiedad intelectual en el comercio internacional, a saber, la Oficina de Patentes y Marcas de EE.UU. (USPTO) y la Oficina de Derechos de Autor de EE.UU. (USCO). Estas agencias federales son responsables de revisar y registrar las marcas y los derechos de autor. Como se explicará más adelante, estos registros son un requisito previo para que el titular de un derecho maximice el nivel de protección administrativa disponible para las marcas y los derechos de autor en el comercio internacional.

En cambio, la protección de las patentes es competencia de la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos (ITC). La ITC investiga las alegaciones de infracción de patentes relacionadas con el comercio, toma decisiones y, cuando está justificado, emite órdenes de exclusión.

Por último, ningún análisis de los organismos que intervienen en la protección de la propiedad intelectual en el comercio internacional estaría completo sin mencionar al Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras de Estados Unidos (CBP). Esta agencia desempeña el papel más directo en la protección de la propiedad intelectual en el comercio internacional. El CBP es responsable de identificar, detener, evaluar, excluir, incautar, sancionar y confiscar mercancías falsificadas, obras pirateadas y mercancías que infringen patentes estadounidenses.

Centrándonos en el CBP, ¿qué tipos de propiedad intelectual protege la agencia? ¿Sólo las marcas?

No, la agencia se ocupa de proteger todas las formas de propiedad intelectual. En el caso de las marcas, el CBP ofrece protección en relación con tres formas de infracción: falsificaciones, mercancías con marcas similares que inducen a confusión e importaciones paralelas. Con respecto a los derechos de autor, el CBP aborda dos niveles de infracción. El primer nivel se refiere a mercancías claramente pirateadas, mientras que el segundo trata de mercancías que pueden ser pirateadas. En cuanto a las patentes, el CBP hace cumplir las órdenes de exclusión emitidas por la ITC para proteger a los titulares de patentes.

¿Cómo pueden aprovechar los titulares de marcas y derechos de autor la protección que ofrece el CBP?

En primer lugar, los titulares de derechos deben registrar sus marcas (en la USPTO) y derechos de autor (en la USCO) en el CBP. Sin este paso, el nivel de protección disponible en el contexto aduanero estadounidense es reducido. En segundo lugar, los titulares de derechos deben establecer y mantener líneas abiertas de comunicación con los funcionarios de aduanas en los puertos pertinentes. En tercer lugar, es fundamental que los titulares de los derechos informen a los funcionarios de la CBP sobre las características distintivas de su propiedad intelectual. Este enfoque proactivo aumenta la probabilidad de que la CBP pueda detectar y detener mercancías infractoras. Estos esfuerzos, combinados con una sólida supervisión del mercado y prácticas de notificación de infracciones (por ejemplo, utilizando el sistema de denuncias electrónicas del CBP), pueden mejorar significativamente la protección.

¿Cuál es el procedimiento para registrar los derechos de propiedad intelectual en el CBP?

El proceso es sencillo, rápido y barato. Tras registrar una marca en la USPTO o un derecho de autor en la USCO, se presenta una solicitud a través del Sistema de Solicitud en Línea para el Registro Electrónico de Derechos de Propiedad Intelectual (IPRR). Es importante tener en cuenta que sólo las marcas registradas y los derechos de autor pueden registrarse en el sistema IPRR; las patentes no. La tasa de registro correspondiente es de 190 $ por clase internacional de productos o derechos de autor.

El gran número de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos terrestres de Estados Unidos puede dificultar la comunicación con los funcionarios de primera línea. ¿Cómo pueden gestionar las empresas esta situación?

Además de registrar su propiedad intelectual y adoptar las demás medidas mencionadas anteriormente, los titulares de derechos deben asegurarse de que su información de contacto está debidamente introducida y mantenida en la base de datos de la CBP. A los funcionarios de la CBP les resultará mucho más difícil detener las mercancías infractoras si no pueden comunicarse con los titulares de derechos de manera oportuna y fiable.

¿A qué retos se enfrentan las PYME al intentar aprovechar las aduanas estadounidenses para proteger mejor sus derechos de propiedad intelectual?

Las pequeñas empresas y las empresas de nueva creación se enfrentan a menudo a dificultades únicas para acceder a estas protecciones:

  1. Recursos limitados: Muchos carecen de la experiencia financiera o legal necesaria para navegar por los procesos de CBP.
  2. Concienciación: Algunas PYME no son conscientes de la importancia de registrar su PI en el CBP.
  3. Vigilancia: La vigilancia proactiva de posibles infracciones exige muchos recursos.
  4. Comunicación: Mantener el contacto con los funcionarios de la CBP en múltiples puertos puede ser desalentador.
  5. Complejidad transfronteriza: Las PYME pueden tener dificultades para hacer frente a las diferencias en la observancia de la PI en las fronteras internacionales.

Para superar estos retos, las PYME deben considerar la posibilidad de asociarse con profesionales del derecho o aprovechar plataformas tecnológicas que les ayuden en la gestión y observancia de la propiedad intelectual.

¿Qué deben hacer las PYME para proteger mejor su propiedad intelectual?

La supervisión y la información proactivas son fundamentales. Las PYME pueden:

  • Utilice las herramientas y plataformas analíticas adecuadas para vigilar los mercados en línea y las redes sociales en busca de productos falsificados.
  • Desarrollar relaciones con los funcionarios de aduanas y proporcionar información detallada sobre sus productos.
  • Educar a los funcionarios de la CBP sobre las características distintivas de su PI.
  • Utilice el portal e-Allegations de CBP para denunciar infracciones, aportando pruebas como descripciones de productos y detalles de envío.
  • Colabore con asociaciones comerciales o grupos industriales para compartir mejores prácticas y recursos.

Volviendo a las patentes, ¿de qué protecciones se dispone en el entorno normativo aduanero estadounidense?

Existen dos protecciones principales:

  1. Un titular de derechos puede obtener una orden de exclusión general o limitada contra mercancías importadas que infrinjan una patente estadounidense. Una vez emitida por la ITC, el CBP hace cumplir la orden.
  2. Un titular de derechos también puede obtener una orden de cese y desistimiento de la ITC, que es ejecutada directamente por la Comisión.

¿Cuáles son las consecuencias de importar mercancías que vulneran los derechos de propiedad intelectual?

Las consecuencias incluyen la exclusión, detención e incautación o decomiso de las mercancías infractoras, así como la imposición de sanciones. Las infracciones graves pueden remitirse al Departamento de Justicia de EE.UU. para su resolución judicial. En algunos casos, los titulares de derechos pueden presentar una petición administrativa para solicitar la remisión de las incautaciones o la mitigación de las sanciones, y las decisiones las toman los funcionarios encargados de las multas, sanciones y confiscaciones en los puertos.

Conclusión

Proteger la propiedad intelectual en el mercado mundial es esencial para fomentar la innovación y mantener la confianza de los clientes. Tanto si se trata de una pequeña empresa emergente como de una empresa consolidada, es fundamental comprender y aprovechar el marco normativo de las aduanas estadounidenses. Registrando su propiedad intelectual, educando a los funcionarios de aduanas y supervisando activamente el mercado, podrá salvaguardar mejor sus inversiones y asegurarse de que sus productos mantienen el lugar que les corresponde en el mercado.