Nuevas peticiones de derechos antidumping y compensatorios contra el material activo para ánodos procedente de China
El 17 de diciembre de 2024, se presentaron nuevas peticiones antidumping (AD) y de derechos compensatorios (CVD) contra las importaciones de material de ánodo activo procedentes de China. El material de ánodo activo es el componente principal en el ánodo de las baterías de iones de litio utilizadas para alimentar vehículos eléctricos, electrónica de consumo, equipos médicos y otras aplicaciones.
La petición fue presentada por la American Active Anode Material Producers ("AAMP"), formada por cinco productores estadounidenses. Los AAMP se describen a sí mismos como una industria nacional naciente y alegan que las importaciones chinas han inhibido el establecimiento de la producción estadounidense por parte de la incipiente industria estadounidense. Sólo un pequeño puñado de casos de remedios comerciales de EE.UU. han invocado la disposición de derecho comercial de retraso material que tenía por objeto proteger a una industria nacional que aún no se ha establecido.
En este caso, es cuestionable que la imposición de derechos AD/CVD sobre los materiales de ánodos activos ayude realmente a la industria estadounidense de ánodos activos a ser comercialmente viable. China es tan dominante no sólo como productor de baterías, sino también para la mayoría de los principales insumos (litio, electrolitos, separadores, cátodos, ánodos) utilizados para producir baterías. China es la única fuente de importación de material activo para ánodos. La imposición de derechos AD/CVD en una etapa del proceso de producción de baterías de iones de litio puede ayudar a una industria estadounidense (por ejemplo, los productores estadounidenses de ánodos activos), pero al mismo tiempo, causar un daño significativo a los productores estadounidenses de fases posteriores (por ejemplo, empresas estadounidenses como Ford, GM y Tesla que producen baterías para sus vehículos eléctricos) que dependen de esos insumos chinos que no están disponibles en ninguna otra fuente, pero que ahora pueden tener que pagar precios significativamente más altos debido a los derechos AD/CVD.
Estas investigaciones AD/CVD serán llevadas a cabo por dos agencias federales. La Comisión de Comercio Internacional ("ITC") investigará si las importaciones en cuestión han retrasado materialmente el establecimiento de la industria nacional. El Departamento de Comercio de EE.UU. ("DOC") investigará si las importaciones en cuestión se venden a Estados Unidos por debajo de su valor justo ("dumping") o se benefician de subvenciones públicas desleales. Para imponer derechos antidumping o compensatorios a las importaciones en cuestión, ambos organismos tienen que llegar a conclusiones afirmativas sobre el retraso material (ITC) o sobre el dumping o las subvenciones (DOC).
Alcance
La petición incluía la siguiente propuesta de definición del ámbito de aplicación:
Material de ánodo activo, ya sea sintético, natural o una mezcla de sintético o natural; con o sin revestimiento; independientemente de que se presente en polvo, seco, líquido o en cualquier otra forma. La mercancía en cuestión suele tener un tamaño máximo de 80 micras. La mercancía en cuestión tiene una densidad energética de 330 miliamperios hora por gramo o superior y un grado de grafitización del 80% o superior. La mercancía en cuestión puede denominarse "material de ánodo activo".
La mercancía en cuestión está cubierta independientemente de si está mezclada con materiales activos a base de silicio, por ejemplo, óxido de silicio (SiOx), silicio-carbono (SiC), o silicio, o aditivos como negro de carbono o nanotubos de carbono. La mercancía en cuestión está cubierta independientemente de la combinación de compuestos que compongan el material de grafito; el grafito contenido en la mercancía en cuestión tiene un contenido mínimo de pureza del 90% de carbono. La mercancía en cuestión está cubierta independientemente de si se importa de forma independiente, como parte de un compuesto, en una batería, como componente de una pasta de ánodo o en un subconjunto de una batería, como un electrodo. Sólo el material de grafito de grado anódico está cubierto cuando se introduce como parte de una mezcla con materiales activos a base de silicio, como parte de un compuesto, en una batería, como componente de una lechada anódica, o en un subconjunto de una batería como un electrodo.
El material activo para ánodos objeto de las investigaciones puede clasificarse en las subpartidas 2504.10.5000 y 3801.10.5000 del Harmonized Tariff Schedule of the United States (HTSUS). La mercancía objeto de investigación también puede entrar en la subpartida 3801.90.0000 del HTSUS. Las subpartidas HTSUS se proporcionan únicamente por conveniencia y a efectos aduaneros. La descripción escrita del alcance de las investigaciones es determinante.
Presuntos márgenes AD/CVD
El solicitante calculó unos márgenes de dumping estimados que oscilaban entre el 828% y el 921%.
El solicitante no facilitó ningún cálculo específico del margen de subvención.
Exportadores/productores designados
El solicitante incluyó una lista de empresas que considera productoras y exportadoras de la mercancía en cuestión. Véase la lista de exportadores adjunta aquí.
Importadores estadounidenses
El solicitante incluyó una lista de empresas que considera importadores estadounidenses de la mercancía en cuestión. Véase la lista de importadores adjunta aquí.
Calendario estimado de investigaciones
17 de diciembre de 2024 - Peticiones presentadas
6 de enero de 2025 - El DOC inicia una investigación
8 de enero de 2025 - Conferencia del personal del CCI
31 de enero de 2025 - Determinación preliminar de la ITC
16 de mayo de 2025 - Determinación preliminar del DOC en materia de derechos compensatorios (suponiendo que se amplíe el plazo) (3/12/25 - no ampliado)
15 de julio de 2025 - Determinación preliminar del DOC AD (suponiendo que se amplíe el plazo)
(26/5/25 - no prorrogado)
27 de noviembre de 2025 - Determinaciones finales AD/CVD del DOC (ampliadas)
11 de enero de 2026 - Determinación final de la ITC (ampliada)
18 de enero de 2026 - Órdenes AD/CVD del DOC emitidas (prorrogadas)