La OLCC anunció este fin de semana varios cambios en la normativa sobre cumplimiento tributario durante la conferencia anual de la Sección de Cannabis y Psicodélicos del Colegio de Abogados de Oregón (donde tuve el placer de moderar una mesa redonda sobre los fallos de la legalización). Esta normativa ha sido un tema candente en el sector del cannabis de Oregón durante varios meses y la OLCC promulgará próximamente normas definitivas al respecto.
Ya hemos hablado en varias ocasiones sobre la normativa de cumplimiento tributario: por ejemplo, aquí, aquí y aquí. Por ahora, aquí va un breve repaso sobre el tema. El 15 de junio de 2023, la OLCC aprobó normas temporales que exigen a los minoristas de marihuana obtener un Certificado de Cumplimiento Fiscal («Certificado») del Departamento de Hacienda de Oregón («DOR») como condición para adquirir o renovar una licencia de minorista de marihuana, así como para los cambios de titularidad y la incorporación de personas a una licencia. Estas nuevas normas son el resultado de una directiva de la gobernadora Kotek tras el escándalo de La Mota, que provocó la dimisión de la secretaria de Estado de Oregón, Shemia Fagan.
En resumen, la norma provisional se aplicaba a los minoristas de marihuana, pero no a los transformadores, productores ni mayoristas. La norma exigía que todos los «solicitantes» de una licencia presentaran un certificado de cumplimiento fiscal expedido por el Departamento de Hacienda de Oregón («DOR») en el momento de presentar la solicitud, en el momento de la renovación de la licencia y en relación con determinados cambios de titularidad.
La OLCC está a punto de promulgar normas definitivas que sustituirán a las provisionales. A continuación se incluyen, en cursiva, algunos puntos clave que la OLCC nos transmitió en la conferencia, seguidos de mis comentarios:
- La norma de cumplimiento fiscal permanente no se ampliará para incluir a procesadores, productores o mayoristas. Esto había sido objeto de cierto debate en los últimos meses. La decisión de exigir únicamente a los minoristas que presenten certificados de cumplimiento fiscal tiene sentido, ya que el problema que dio lugar a la norma fue la falta de ingreso del impuesto sobre las ventas recaudado en los puntos de venta. En Oregón, dicho impuesto solo se recauda en el ámbito minorista. Por lo tanto, para alcanzar el objetivo de la transferencia puntual y completa de los impuestos sobre las ventas no es necesaria la participación de los titulares de licencias no minoristas.
- Posibilidad de seguir operando tras una solicitud de renovación incompleta en determinadas circunstancias. La norma de cumplimiento tributario establece que el DOR debe expedir el certificado de cumplimiento dentro de los plazos establecidos. Pero, ¿qué ocurre si el DOR tiene un retraso en la tramitación? Pues bien, la norma permanente prevé que, en el caso de las renovaciones presentadas antes de la fecha de vencimiento o en los 30 días siguientes a esta, el titular de la licencia podrá seguir operando durante 30 días más tras el vencimiento de su licencia sin necesidad de los certificados de cumplimiento tributario si:
- El minorista ha presentado una solicitud de renovación, por lo demás completa, en la fecha de vencimiento de la licencia o antes de esta, o en los 30 días siguientes a dicho vencimiento;
- El minorista presenta la documentación, en la forma y según las modalidades establecidas por la Comisión, que demuestre que está participando activamente en el proceso de obtención de los certificados DOR requeridos
¡Esto no es una excusa para no solicitar el certificado a tiempo! Tal y como declaró la OLCC este fin de semana, el objetivo no es retirar las licencias a los titulares de buena fe que se vean imposibilitados de obtener el certificado a tiempo. La OLCC desea colaborar con los titulares de licencias para resolver los problemas relacionados con la obtención de los certificados de cumplimiento tributario. De hecho, la OLCC puede conceder una prórroga adicional de 60 días al plazo si la Comisión determina que dicha prórroga es razonablemente necesaria para obtener los certificados del DOR. Pero esto obliga a los titulares de licencias a colaborar de buena fe con la OLCC y el DOR para lograrlo. ¡Planifique con antelación y mantenga informada a la OLCC de cualquier problema que surja a la hora de obtener los certificados de cumplimiento tributario!
- Si no se presentan los certificados requeridos, la solicitud de renovación se considerará incompleta. Esto no supone ningún cambio con respecto a la normativa provisional, pero conviene reiterar su importancia. Una solicitud incompleta implica que no se renovará la licencia, lo que a su vez significa que no se podrá vender cannabis. Aunque los titulares de licencias pueden presentar una solicitud por escrito para que se reconsidere la decisión de que una solicitud está incompleta, actualmente no se contempla el derecho a una audiencia. Por lo tanto, esto no equivale a recibir una notificación de la cancelación de la licencia.
Estén atentos para obtener más información sobre la normativa de cumplimiento fiscal y, si desean ampliar información, consulten las preguntas frecuentes y la descripción general de la OLCC sobre la nueva normativa aquí y aquí.
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