La Junta de Alcohol y Cannabis del Estado de Washington («LCB») ha aclarado qué aditivos cannabinoides están permitidos en los productos de cannabis en Washington. La LCB publicó recientemente un aviso en el que informaba de la adopción de la declaración interpretativa IS22-01, «Uso de aditivos en productos de cannabis autorizados». La declaración de política adoptada aclara que los cannabinoides distintos del cannabidiol («no CBD») pueden añadirse a los productos de cannabis en Washington si han sido producidos o adquiridos a un procesador con licencia de la LCB o a un procesador dentro del sistema I-502 (ley de consumo para adultos).
Cannabinoides
La planta Cannabis sativa produce más de 100 cannabinoides, aunque no todos tienen efectos psicoactivos o embriagantes. Los dos cannabinoides más comunes son el delta-9-tetrahidrocannabinol («THC») y el cannabidiol («CBD»). El THC es el cannabinoide que tiene efectos psicoactivos y provoca que los consumidores se «colocen», mientras que el CBD no se considera psicoactivo y se utiliza para diversos fines, entre ellos como tratamiento aprobado por la FDA para la epilepsia (Epidiolex).
El capítulo 69.50.326 del Código Revisado de Washington («RCW») ya permite la adición de CBD a los productos de cannabis, pero en 2020 la LCB tuvo conocimiento de que se estaban añadiendo otros cannabinoides a dichos productos y, desde entonces, ha tratado de ofrecer orientación al respecto.
La legalización del cannabis recreativo en numerosos estados de EE. UU. ha dado lugar al desarrollo y a una mayor presencia de cannabinoides distintos del CBD en los mercados de cannabis recreativo. Entre los más comunes se encuentran el cannabigerol («CBG») y el cannabinol («CBN»). El CBN puede producir efectos psicoactivos, aunque no en la misma medida que el THC, mientras que el CBG no produce efectos psicoactivos.
Los cannabinoides pueden obtenerse de la propia planta de cannabis, tanto del cáñamo como de las variedades con alto contenido en THC, o bien sintetizarse artificialmente. A medida que el mercado del cannabis recreativo sigue creciendo y cada año más estados aprueban leyes que regulan su uso recreativo, sin duda se aislarán cannabinoides menos conocidos para incorporarlos a los productos de cannabis. Naturalmente, los estados tienen interés en garantizar que los cannabinoides nuevos o novedosos sean seguros para su uso y se produzcan de acuerdo con las normas reglamentarias, lo cual es el objetivo de la LCB al adoptar la norma IS22-01.
Incorporación de cannabinoides a los productos de cannabis de Washington
Al igual que ocurre con la mayoría de las actualizaciones de la LCB, lo más importante para las empresas del sector del cannabis es el cumplimiento normativo. En este momento, las empresas más afectadas serán las que fabrican productos de cannabis, en lugar de los minoristas.
Los cannabinoides distintos del CBD solo podrán añadirse a los productos de cannabis si se han producido o adquirido legalmente dentro del marco de la I-502. Por consiguiente, los procesadores, en particular, deben asegurarse de que las cadenas de suministro de los cannabinoides distintos del CBD que añaden a sus productos cumplan con esta nueva normativa.
Pruebas; aplicación
Las muestras representativas de todos los productos que contengan cannabis deben someterse a análisis de conformidad con lo dispuesto en el RCW 69.50.348. Las empresas del sector del cannabis que añadan cannabinoides distintos del CBD a sus productos deben llevar registros que demuestren que estos se han producido y adquirido dentro del sistema I-502. Los procedimientos para tratar las muestras que no superan las pruebas, según el RCW 69.50.348, establecen que el lote del que se ha extraído la muestra no superada debe ser destruido. Esto significa que si se añaden cannabinoides distintos del CBD a productos de cannabis en Washington y no proceden, de conformidad con la normativa, del sistema I-502, deben ser destruidos.
La LCB no se pronunció sobre el alcance de la incorporación de cannabinoides distintos del CBD en el marco del sistema I-502. No obstante, las empresas del sector del cannabis deben asegurarse de que, en caso de que se añadan dichos cannabinoides a sus productos, se mantengan registros meticulosos que demuestren que proceden del sistema I-502.
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