Licencias de cultivo de cannabis para consumo adulto en Nueva York

Continuando con nuestra serie sobre las normas y reglamentos de Nueva York en materia de cannabis (las «Normas»), vamos a desglosar todo lo que necesitas saber sobre las licencias de cultivo (echa un vistazo a nuestras otras entradas de la serie aquí y aquí). Dada la gran cantidad de información que contienen los reglamentos, lo haremos en formato de preguntas frecuentes.

¿Qué actividades están autorizados a realizar los titulares de licencias de cultivo de cannabis?

  • Adquirir, poseer, cultivar, podar, cosechar, secar y curar cannabis en sus instalaciones autorizadas ( énfasis añadido).
  • Vender cannabis a un procesador, una microempresa, una cooperativa, una ROD (organización registrada con derecho a dispensación), una ROND (organización registrada sin derecho a dispensación) o a un titular de una licencia de investigación sobre el cannabis.
  • Enviar el cannabis a una empresa de transformación, pero conservar la propiedad del mismo.
  • Si el titular de la licencia de cultivo dispone de una licencia de transformación, puede adquirir cannabis de otro cultivador para su transformación.

Además, existen un montón de requisitos operativos relacionados con el proceso de cultivo del cannabis en sí, incluidos los requisitos de etiquetado y seguimiento. Analizaremos estas normas en una entrada posterior.

Legislación sobre el cannabis por estado

Consulta el mapa de EE. UU. sobre la legalidad de la marihuana

¿Cuáles son los distintos niveles de las licencias de cultivo de cannabis?

Existen cuatro tipos diferentes de licencias para el cultivo: (i) al aire libre; (ii) con iluminación mixta; (iii) combinada (al aire libre con iluminación mixta); y (iv) en interior.

A continuación se indican los niveles para el cultivo en interior, con iluminación mixta o al aire libre:

Nivel I: hasta 5.000 pies cuadrados, inclusive

Nivel II: De 5.001 sf a 12.500 sf

Nivel III: De 12 501 a 25 000 pies cuadrados

Nivel IV: De 25 001 a 50 000 pies cuadrados

Nivel V: De 50 001 a 100 000 pies cuadrados

A continuación se indican los niveles para los titulares de licencias combinadas de actividades al aire libre con iluminación mixta:

Nivel I: Hasta 5.000 sf de espacio exterior y 2.500 sf de iluminación mixta, ambos incluidos

Nivel II: De 5.001 a 12.500 sf en exteriores y de 2.501 a 6.250 sf con iluminación mixta

Nivel III: De 12 501 sf a 25 000 sf en exteriores y de 6 251 sf a 12 500 sf con iluminación mixta

Nivel IV: De 25 001 a 50 000 pies cuadrados de superficie exterior y de 10 001 a 15 000 pies cuadrados de iluminación mixta

Nivel V: de 50.001 a 100.000 sf de superficie exterior y de 15,01 a 30.000 sf de iluminación mixta

¿Puedo solicitar otras licencias?

Sí, una licencia de procesador y una licencia de distribuidor. Sin embargo, cualquier «parte realmente interesada» (TPI) solo puede ser TPI en una única empresa con licencia de cultivador (esta limitación no se aplica a los inversores pasivos).

El Reglamento permite que las partes con interés real (TPI) dedicadas al cultivo tengan participación en otras licencias «del ámbito de la producción». Tal y como se establece en el Reglamento, «un cultivador o su parte con interés real puede ser parte con interés real en una licencia de procesador, distribuidor, cooperativa, microempresa o ROND».

Se permite la participación de terceros (es decir, propietarios, entidades financieras o proveedores de bienes y servicios) en las licencias del «sector de la producción», pero no se permite ninguna participación directa o indirecta en el caso de los dispensarios minoristas, el consumo in situ, el servicio de reparto, las licencias ROD y ROS, ni en el caso de los titulares de licencias o autorizaciones de laboratorios de cannabis.

¿A cuánto ascienden las tasas de las licencias de cultivo de cannabis?

Depende del nivel del solicitante. A continuación se detalla la clasificación:

Al aire libre

Nivel I al aire libre: 1.000 $ + 150 $ por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo

Nivel II de cultivo al aire libre: 2.500 dólares + 250 dólares por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo que supere los 5.000 pies cuadrados

Nivel III al aire libre: 6.250 $ + 350 $ por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo por encima de los 12.500 pies cuadrados

Categoría IV al aire libre: 15 000 $ + 500 $ por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo, a partir de los 25 000 pies cuadrados

Nivel V de cultivo al aire libre: 40 000 $ + 800 $ por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo, a partir de los 50 000 pies cuadrados

Luz mixta

Nivel I de iluminación mixta: 1.500 $ + 290 $ por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo

Nivel II de iluminación mixta: 4.380 $ + 440 $ por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo, a partir de los 5.000 pies cuadrados

Nivel III de iluminación mixta: 10 940 $ + 615 $ por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo, a partir de los 12 500 pies cuadrados

Nivel IV de iluminación mixta: 26 250 $ + 875 $ por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo, a partir de los 25 000 pies cuadrados

Nivel V de iluminación mixta: 70 000 $ + 1 400 $ por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo, a partir de los 50 000 pies cuadrados

En interiores

Nivel I de cultivo en interior: 1.750 $ + 450 $ por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo

Nivel II de cultivo en interior: 6.250 $ + 625 $ por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo, a partir de los 5.000 pies cuadrados

Nivel III en interior: 15.630 $ + 880 $ por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo, a partir de los 12.500 pies cuadrados

Nivel IV de cultivo en interior: 37 500 $ + 1 250 $ por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo, a partir de los 25 000 pies cuadrados

Nivel V de cultivo en interior: 100 000 dólares + 2 000 dólares por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo por encima de los 50 000 pies cuadrados

Combinación

Nivel I combinado: 1.250 dólares + 150 dólares por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo

Nivel II combinado: 3.500 dólares + 235 dólares por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo, a partir de los 5.000 pies cuadrados

Nivel III combinado: 8.750 dólares + 375 dólares por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo por encima de los 12.500 pies cuadrados

Nivel combinado IV: 21 000 dólares + 585 dólares por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo, a partir de los 25 000 pies cuadrados

Nivel combinado V: 56 000 dólares + 860 dólares por cada 500 pies cuadrados de superficie de cultivo, a partir de los 50 000 pies cuadrados

¿Hay algo más que deba saber?

Las normas de cultivo se aplican a los titulares de licencias de cultivo condicionales y permiten una transición aparentemente inmediata a una licencia de cultivo al aire libre de Nivel 4 o a una licencia combinada de Nivel 2. Cabe destacar que la OCM dará prioridad a los cultivadores condicionales a la hora de evaluar su solicitud para obtener la licencia definitiva.

Los cultivadores autorizados no pueden ampliar ni reducir la superficie de su plantación sin la autorización por escrito de la OCM. El Reglamento establece varios criterios para la concesión de dicha autorización:

  • El historial de cultivo del titular de la licencia, incluyendo si este vendió más del 85 % del cannabis que cosechó en los seis meses anteriores;
  • Si las instalaciones o las existencias del titular de la licencia sufrieron un suceso catastrófico durante el período de vigencia de la licencia;
  • El historial de transferencias y ventas de cannabis del titular de la licencia;
  • El stock actual y el historial de stock del titular de la licencia; y
  • El historial del titular de la licencia en cuanto al cumplimiento de los planes presentados como parte de su solicitud.

El Reglamento también incluye esta interesante matización como parte del proceso de renovación de la licencia: en el momento de la renovación, el titular de la licencia está obligado a presentar los registros de inventario y producción que le haya solicitado la OCM durante los seis meses anteriores a la solicitud de renovación. La CCB está entonces autorizada a reducir la superficie máxima de cultivo del titular de la licencia a un nivel inferior si este ha vendido menos del 50 % de lo que cosechó en los seis meses anteriores.

Al igual que todos nuestros resúmenes sobre las normas y reglamentos relativos al consumo por parte de adultos, este es solo un resumen general. Como siempre, recomendamos encarecidamente a cualquier persona que tenga intención de solicitar una licencia de cannabis que consulte con un abogado especializado en la materia.

¡No te pierdas la próxima entrada de nuestra serie sobre las normas y regulaciones de Nueva York relativas al consumo de cannabis por parte de adultos!

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