California podría prohibir los vaporizadores de cannabis con sabores

La Asamblea Legislativa de California está estudiando un nuevo proyecto de ley (AB-1639) que, de aprobarse, restringiría la fabricación y venta de productos de cannabis para vaporizadores. El proyecto AB-1639 modificaría la legislación californiana aplicable a las empresas del tabaco y del cannabis (a efectos de este artículo, nos centraremos únicamente en la parte de la ley relativa al cannabis) y prohibiría de hecho casi cualquier tipo de aromatizante añadido a los productos para vaporizadores en el Estado Dorado.

Según la legislación y la normativa vigentes en California, no existe ninguna prohibición expresa de añadir aromatizantes a los productos de cannabis para vaporizadores y, como bien sabe cualquier lector, se ha producido una enorme reacción en contra en todo Estados Unidos para prohibir cualquier tipo de producto de vaporizador aromatizado.

El proyecto de ley AB-1639 modificaría la legislación vigente al prohibir a las empresas del sector del cannabis la venta de «productos para vaporizadores con aromas artificiales», que se definen como «cannabis o un producto derivado del cannabis que contenga un aroma no derivado ni sintetizado a partir de la planta de cannabisu otras fuentes botánicas naturalesyque pueda utilizarse para administrar cannabis a una persona en forma de aerosol o vapor».

En otras palabras, si se aprueba la ley AB-1639, los únicos aditivos aromatizantes que podrán utilizarse en los productos de vapeo serán los aromas de origen natural. Por si fuera poco, la ley AB-1639 también prohibiría la fabricación de productos de vapeo aromatizados:

No se utilizarán aromas que no procedan de la planta de cannabis ni de otras fuentes botánicas naturales en la fabricación de productos de cannabis que puedan utilizarse para administrar cannabis a una persona en forma de aerosol o vapor.
No se utilizarán aromas derivados o sintetizados a partir del tabaco en la fabricación de productos de cannabis ni en la venta de productos de cannabis que puedan utilizarse para administrar cannabis a una persona en forma de aerosol o vapor.

Cabe destacar que la ley no entraría en vigor inmediatamente tras su aprobación, ya que establece que «Este artículo entrará en vigor 90 días después de la fecha de entrada en vigor de la ley que lo haya incorporado». En otras palabras, si se aprueba la ley, las empresas dispondrán de un breve periodo de gracia para vender los productos que ya no estarían autorizados en virtud de la ley modificada.

Aunque existe un breve periodo de gracia, está claro que, si se aprueba la ley AB-1639, cualquier empresa del sector del cannabis que fabrique productos de vapeo aromatizados deberá evaluar de inmediato el impacto de esta ley en los productos que ya se encuentran en el mercado. No hacerlo podría acarrear consecuencias de gran alcance y enormes pérdidas económicas.

El proyecto de ley AB-1639 ya ha avanzado bastante en el proceso legislativo y hay muchas posibilidades de que se convierta en ley. Mantendremos informados a los lectores sobre la evolución de la ley, así que no dejen de visitar Canna Law Blog.

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