California y los productos de CBD inhalables

El año pasado, California aprobó la ley AB-45, que allanó el camino para un mercado regulado de CBD en el estado. Sin embargo, California dio la vuelta a los productos de CBD inhalables. La legislación anterior sobre el CBD los habría permitido, pero luego los borradores de la AB-45 los prohibieron. Finalmente, se llegó a un interesante compromiso que dejó insatisfecho a casi todo el mundo. Hoy hablaré un poco más de ello.

La AB-45 establece muy claramente que tanto la fabricación como la venta de productos inhalables de CBD en California están prohibidas. Antes de seguir adelante, debo señalar que los "productos inhalables" pueden incluir cualquier cosa que la gente fume: vaporizadores, cartuchos para vapear, cáñamo fumable, cigarros de cáñamo, etc.

Por ahora, nadie puede fabricar ni vender productos de CBD inhalables en California, con una gran excepción: el estado permite fabricar estos productos SÓLO SI están destinados a la venta en otros estados. Extraño, ¿verdad? El Departamento de Salud Pública de California (CDPH) tiene un registro separado para los fabricantes de productos inhalables destinados a la venta fuera del estado, sobre el que escribí aquí.

Todo esto podría cambiar. La AB-45 establece claramente que la prohibición de la fabricación y venta en el estado terminará si la legislatura estatal aprueba un impuesto sobre los productos inhalables. Conociendo el historial de California en materia de impuestos sobre el cannabis, los impuestos serían altos si llegan a aprobarse. Además, si la legislatura llega a aprobar una ley de impuestos sobre los productos inhalables de CBD, los productos estarán muy regulados. Por un lado, todas las pruebas existentes y otros requisitos se aplicarán a los productos inhalables. Y además:

  • Los productos de CBD inhalables sólo podían venderse a mayores de 21 años.
  • Los productos de CBD inhalables no podían contener:
    • Aromas distintos de los terpenos naturales.
    • Polietilenglicol (PEG).
    • Acetato de vitamina E.
    • Triglicéridos de cadena media (aceite MCT).
    • Escualeno o escualano.
    • Cualquier otra sustancia que el [CDPH] considere peligrosa para la salud pública.
  • Es probable que el CDPH elabore normativas adicionales para los productos de CBD inhalables y, sin duda, desarrollará un nuevo formulario de registro.

Por lo que sabemos, no hay ninguna propuesta legislativa sobre los impuestos de los productos inhalables de CBD. Hasta que eso ocurra, se mantiene el statu quo y estos productos no pueden venderse legalmente aquí. Dado que estamos al final de la sesión legislativa, lo más probable es que no veamos ningún movimiento hasta 2023. Así que permanece atento a Canna Law Blog para más detalles sobre California y los productos inhalables de CBD.

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California, Cáñamo/CBD