Aprobado el cultivo medicinal en Brasil

El 14 de junio, laSexta Sala (Sexta Turma) delSuperior Tribunal de Justicia(STJ) de Brasil emitió una decisión que permite el cultivo de cannabis con fines médicos. El STJ se encarga de uniformizar la interpretación de la legislación federal brasileña en todo el país y actúa como tribunal de última instancia para los casos que no afectan a cuestiones constitucionales. Aunque la decisión del STJ sólo se aplica a los tres demandantes en el caso que nos ocupa, sienta un precedente que los tribunales inferiores pueden seguir.

En marzo de 2021, en Cannabis para mascotas brasileñas y sus humanosseñalábamos que los tribunales brasileños estaban admitiendo a trámite las peticiones de habeas corpus presentadas por ciudadanos que pretendían cultivar su propio cannabis con fines medicinales, y añadíamos que sería interesante ver si la tendencia se traducía en decisiones judiciales de aplicación más amplia. El STJ ha dado ahora una respuesta, que representa una buena noticia para los consumidores de cannabis medicinal.

Brasil legalizó la prescripción de productos de cannabis para uso médico en 2014, pero la prohibición del cultivo en virtud de la Ley de Drogas (Ley 11.343/06) obligó a los consumidores a recurrir a costosas importaciones. Los tres demandantes en la sentencia del TSJ tenían autorización de laAgencia Nacional de Vigilancia Sanitaria(Anvisa) para importar cannabidiol (CBD), pero los elevados costes de importación comprometían su acceso a la medicación.

Al explicar el razonamiento del TSJ para proteger a los demandantes contra la aplicación de la Ley de Drogas, el ministro Sebastião Reis Júnior argumentó que el tratamiento jurídico de las actividades de cultivo de cannabis no puede disociarse de su finalidad. Cuando el cultivo forma parte de la consecución del derecho a la salud, la criminalización no está justificada. En este sentido, los jueces del Sexto Panel criticaron que los reguladores no contemplaran el cultivo legal con fines médicos y científicos. Para el ministro Rogerio Schietti Cruz, "esta omisión reglamentaria crea una segregación entre los pacientes que pueden permitirse el tratamiento, importando medicamentos a base de cannabidiol, y los que no".

Como ya se ha señalado, la decisión del TSJ sólo se aplica a los tres demandantes del caso. Y aunque la decisión podría allanar el camino para decisiones similares por parte de tribunales inferiores, esto requeriría que los usuarios de cannabis medicinal presentaran una solicitud de amparo en primer lugar. Es posible que la decisión del TSJ, quizá unida al creciente número de peticiones de hábeas concedidas por tribunales de todo Brasil, conduzca a la despenalización de facto del cultivo doméstico con fines médicos. Lo ideal, sin embargo, es que los reguladores tomen nota de este llamamiento de un alto tribunal y establezcan normas que faciliten el acceso de los brasileños al cannabis medicinal.

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