¿Puedo demandar personalmente al propietario de la empresa de cannabis?

El sector del cannabis está sufriendo en estos momentos y casi todo el mundo lo nota. A medida que clientes nuevos y antiguos se plantean presentar demandas por incumplimiento de contrato y otras reclamaciones contra empresas de cannabis que están fracasando, una pregunta parece surgir una y otra vez: ¿podemos demandar personalmente al propietario o propietarios de la empresa de cannabis por los fracasos de la empresa (falta de pago, falta de suministro de bienes o servicios según lo prometido, etc.)?

Por desgracia, la respuesta corta suele ser que no. La mayoría de los estados se adhieren al principio de responsabilidad limitada, que protege a los propietarios de la responsabilidad personal por las deudas y obligaciones de la empresa. Esto incluye a los propietarios de empresas de cannabis.

Excepciones a la norma

Sin embargo, existen circunstancias específicas en las que puede demandar personalmente al propietario de una empresa de cannabis. Se trata de excepciones y situaciones en las que podría ser capaz de traspasar el velo corporativo y responsabilizar personalmente a los propietarios:

Fraude y tergiversación. Si el propietario de una empresa de cannabis incurre en una conducta fraudulenta o engañosa que le perjudica a usted o a su negocio, puede demandarle personalmente por daños y perjuicios. Esto podría incluir situaciones en las que el propietario tergiversa intencionadamente información u oculta hechos materiales para inducirle a realizar una transacción. Tenga en cuenta que las reclamaciones por fraude están sujetas a una norma de alegación más estricta, por lo que debe tener datos concretos sobre el fraude para poder incluir una reclamación por fraude (y responsabilizar al propietario por ello).

Conducta torticera. Esto depende mucho de los hechos, pero si las acciones o la negligencia del propietario de una empresa de cannabis provocan algún daño u otro perjuicio, es posible que puedas demandarle individualmente. Esto podría aplicarse a situaciones en las que las acciones del propietario van más allá del ámbito de las actividades comerciales habituales de la empresa.

Garantías personales. Por supuesto, si un propietario ha garantizado personalmente una deuda u obligación de la empresa, usted puede demandarle personalmente por cualquier incumplimiento de esa garantía. Las garantías personales son un compromiso contractual directo del propietario de responder personalmente de la deuda. En tiempos como los actuales, cada vez utilizamos más las garantías personales en los acuerdos, porque sabemos demasiado bien que la gente puede abandonar el barco y dejar a sus acreedores en la estacada.

Perforar el velo corporativo. Esto es bastante difícil, pero los tribunales de California pueden "levantar el velo corporativo" y responsabilizar personalmente a los propietarios de las deudas de la empresa si se puede demostrar que la empresa no funcionaba como una entidad jurídica independiente. Las formas más comunes de demostrar esto es si el propietario mezcló las finanzas personales y de negocios, o no observó las formalidades corporativas, o participó en actividades fraudulentas o ilegales.

Doctrina del alter ego. De forma similar al levantamiento del velo corporativo, la doctrina del alter ego puede utilizarse para responsabilizar personalmente a los propietarios si utilizan la empresa para cometer un fraude o para protegerse injustamente de la responsabilidad personal.

Conclusión

Es importante tener en cuenta que demandar con éxito a un propietario de una empresa de cannabis personalmente en virtud de la legislación de California, así como las leyes de otros estados, puede ser complejo y requiere un análisis exhaustivo de los hechos y circunstancias específicas del caso. Es imperativo consultar con un equipo de litigios con experiencia que se especializa en negocios y derecho corporativo para determinar si tiene base para incluir a un propietario como un acusado individual.

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