Cómo afrontar los litigios transfronterizos

Litigios internacionales

A medida que sigue aumentando el número de transacciones a nivel mundial, los abogados especializados en litigios internacionales de mi bufete han observado un incremento de las consultas relacionadas con litigios entre partes nacionales e internacionales, tanto por parte de empresas como de abogados litigantes nacionales.

Cuando en un litigio interviene una parte extranjera, entran en juego una serie de consideraciones especiales, una de las cuales es: ¿dónde se tramitará el litigio? A menudo, en un intento por aprovechar la ventaja de jugar en casa, se dan situaciones en las que ambas partes han interpuesto demandas ante sus respectivos tribunales. Sin embargo, el lugar en el que las partes acaben litigando no es simplemente una cuestión de quién llegó primero a su tribunal. En esta entrada voy a analizar dos principios que pueden entrar en juego en tu caso judicial en Estados Unidos: la abstención internacional y el forum non conveniens.

Abstención internacional

Cuando se interpone una demanda en Estados Unidos contra un demandado extranjero, puede dar lugar a una solicitud temprana de desestimación basada en la «abstención internacional». Este principio, derivado del caso Colorado River Water Conservation District contra Estados Unidos, 424 U.S. 800 (1976), permite a un tribunal estadounidense declinar su competencia sobre un asunto en favor de otro tribunal si ello redunda en el interés de una «administración judicial prudente». En términos más sencillos, un tribunal estadounidense puede decidir que tiene más sentido que otro tribunal se encargue del caso para evitar el desperdicio de recursos o la aparición de resoluciones contradictorias.

Pero, ¿cómo decide un tribunal si debe abstenerse de conocer un caso? La sentencia del caso «Colorado River» establece varios factores que un tribunal debe tener en cuenta:

  1. Competencia sobre los bienes: ¿Tiene alguno de los tribunales competencia sobre los bienes que son objeto de la controversia?
  2. Conveniencia de los foros: ¿Qué sede judicial resulta más conveniente para los testigos? ¿Se encuentran los testigos más cerca del tribunal estadounidense o del tribunal extranjero? ¿Hay algún testigo que se encuentre fuera del ámbito de competencia de la citación del tribunal estadounidense?
  3. Cómo evitar los litigios fragmentados: ¿Existe el riesgo de que las distintas partes del litigio se tramiten en tribunales diferentes, lo que daría lugar a resoluciones contradictorias?
  4. Orden de competencia: ¿Qué tribunal se hizo cargo del caso en primer lugar? ¿Se ha avanzado más en un tribunal que en el otro?
  5. Legislación aplicable: ¿La legislación de qué país se aplica a la controversia?
  6. Ejecución de la resolución: ¿Dónde debe ejecutarse la resolución judicial definitiva?
  7. Idoneidad del tribunal extranjero: ¿Es el tribunal extranjero capaz de ofrecer un resultado justo y equitativo?

Ejemplo: Imaginemos que una empresa estadounidense se ve envuelta en un litigio contractual con una empresa china. Ambas empresas interponen demandas en sus respectivos países de origen, con la esperanza de obtener un resultado favorable. Si el tribunal estadounidense considera que el litigio gira en torno a bienes situados en China y que el tribunal chino ya ha avanzado considerablemente en el proceso judicial allí, podría optar por abstenerse de conocer el caso, de acuerdo con los principios establecidos en el caso Colorado River. Sin embargo, se trata de una excepción y no de la norma. Los tribunales estadounidenses suelen preferir hacerse cargo de los casos, a menos que exista una razón de peso para ceder la competencia a un tribunal extranjero.

Forum non conveniens

Otra estrategia que suelen emplear los demandados extranjeros es solicitar la desestimación del caso alegando el principio de «forum non conveniens». Este principio jurídico permite a un tribunal desestimar un caso si considera que existe un lugar más adecuado para celebrar el juicio. A diferencia de la abstención internacional, que se centra en la equidad jurisdiccional, el principio de «forum non conveniens» tiene en cuenta aspectos prácticos como la conveniencia y la eficiencia.

Para que prospere una solicitud de desestimación basada en el principio de «forum non conveniens», el demandado (normalmente la parte extranjera) debe demostrar dos aspectos fundamentales:

  1. Foro alternativo adecuado: Debe existir otro tribunal que pueda conocer adecuadamente del caso. La mayoría de los países se consideran foros «adecuados», salvo que sean conocidos por su corrupción o por su falta de imparcialidad.
  2. Equilibrio de intereses: El tribunal sopesará los intereses privados y públicos para decidir si desestimar el caso y remitirlo a otro foro resulta más justo y eficaz.

Entre los factores de interés privado se incluyen:

  • Facilidad para acceder a las pruebas y a los testigos.
  • Costes y aspectos logísticos relacionados con la comparecencia de los testigos ante el tribunal.
  • Cualquier cuestión práctica que pudiera facilitar el juicio, agilizarlo o abaratarlo en otra jurisdicción.

Entre los factores de interés público se incluyen:

  • La sobrecarga de los tribunales locales (saturación de los tribunales).
  • El interés local por resolver los conflictos que afectan a la comunidad.
  • La ventaja de que un caso se juzgue en un tribunal que conozca la legislación aplicable.
  • Evitar los conflictos jurídicos que pudieran derivarse de la aplicación de legislaciones extranjeras.
  • Evitar sobrecargar a los jurados locales con casos que no tengan ninguna relación con la zona.

Ejemplo: Imaginemos una situación en la que un ciudadano mexicano demanda a una empresa estadounidense ante un tribunal de Nueva York por un accidente de tráfico ocurrido en México. La empresa estadounidense podría solicitar la desestimación del caso alegando «forum non conveniens», argumentando que los tribunales mexicanos son más adecuados para tramitar el caso, ya que el accidente se produjo allí, los testigos y las pruebas se encuentran en México y se aplicará la legislación mexicana. Si el tribunal estadounidense está de acuerdo, podría desestimar el caso, obligando al demandante a volver a presentar la demanda en México.

Cláusulas de elección de foro

Dado el carácter específico de cada caso tanto de la abstención internacional como del «forum non conveniens», un contrato bien redactado puede resultar de un valor incalculable. Muchos contratos incluyen una «cláusula de elección de foro», que especifica dónde se resolverán las posibles controversias. Los tribunales suelen respetar estas cláusulas siempre que no sean «irrazonables dadas las circunstancias», tal y como se destaca en el caso Bremen contra Zapata Off-Shore Co., 407 U.S. 1 (1972).

Incluir una cláusula clara de elección de foro en tu contrato puede ahorrarte tiempo y dinero, ya que evita largas disputas legales sobre dónde debe resolverse un conflicto. Por ejemplo, si su empresa opera a nivel internacional, podría especificar en sus contratos que cualquier controversia se resolverá en un estado o país concreto. Esta medida preventiva puede ayudar a agilizar posibles litigios y garantizar que no se vea envuelto en un sistema jurídico con el que no esté familiarizado. Pero, tal y como escribí en «Cómo redactar su cláusula de arbitraje en China», es fundamental que elija bien el foro.

Conclusión

Dos principios fundamentales —la abstención internacional y el «forum non conveniens»— desempeñan un papel importante a la hora de determinar dónde se tramitará un asunto. Comprender estos principios es esencial para cualquier parte implicada en un litigio transfronterizo, ya que pueden influir de manera significativa tanto en la estrategia como en el resultado de un asunto.

La abstención internacional permite a un tribunal estadounidense ceder su competencia a un tribunal extranjero cuando ello redunda en la eficiencia y la equidad procesales. Factores como la competencia sobre los bienes, la conveniencia para los testigos y la posibilidad de que el litigio se fragmentara influyen en esta decisión. Sin embargo, la abstención es más una excepción que la norma; los tribunales estadounidenses suelen preferir retener los casos, a menos que exista una razón de peso para ceder la competencia a un tribunal extranjero.

Por otra parte, el «forum non conveniens» es una estrategia centrada en la viabilidad y la eficiencia, que permite a un tribunal desestimar un caso si existe una jurisdicción más adecuada. Los tribunales tienen en cuenta factores como la facilidad de acceso a las pruebas, el coste y la logística que supone llevar a los testigos ante el tribunal, y el interés público en resolver los litigios locales. Este principio garantiza que los casos se juzguen en la jurisdicción más adecuada, equilibrando la equidad y la conveniencia.

Conclusión clave: Es fundamental actuar de forma proactiva. Incluir en tus contratos una cláusula de elección de foro bien redactada puede ahorrarte tiempo y recursos, ya que evita largas disputas sobre el lugar en el que debe resolverse un litigio. Por lo general, los tribunales admiten estas cláusulas, a menos que se demuestre que son irrazonables dadas las circunstancias. Al elegir cuidadosamente el foro con antelación, puedes agilizar un posible litigio y evitar verte envuelto en un sistema jurídico con el que no estás familiarizado.

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