¿Ha prohibido California discretamente los cosméticos con CBD?

Si has estado leyendo nuestro blog durante los últimos años, sabrás que California ha adoptado una postura bastante absurda respecto al CBD derivado del cáñamo en los últimos años. Aunque el estado lideró la campaña para legalizar el cannabis (en California, el término «cannabis» se define legalmente como marihuana exclusivamente, y no incluye el cáñamo), el estado es incapaz de ponerse de acuerdo en lo que respecta a cualquier producto elaborado a partir del cáñamo. En 2018, el Departamento de Salud Pública de California (CDPH) publicó una sección de preguntas frecuentes en la que se indicaba que el CBD de cáñamo no podía añadirse a ningún tipo de producto de consumo oral, como alimentos, bebidas, suplementos dietéticos o productos para animales, lo cual ha sido la norma desde entonces.

Puedes leer un análisis anterior mío sobre la postura del CDPH aquí. En mi opinión, la postura del CDPH era muy cuestionable: no existe ninguna ley en el estado que prohíba realmente añadir CBD a ningún producto; el CDPH simplemente siguió la postura de la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) federal. Aunque en las preguntas frecuentes no se indicaba expresamente, parece que el CDPH adoptó de hecho la postura de que el CBD era un adulterante según la Ley Sherman sobre Alimentos, Medicamentos y Cosméticos del estado (que es similar a la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos que aplica la FDA). Organismos locales como el Departamento de Salud Pública del Condado de Los Ángeles emitieron comunicados en los que afirmaban que el CBD era un adulterante, aparentemente porque el CDPH había adoptado esa postura. Así pues, sin someterse a ningún tipo de proceso normativo, el CDPH prohibió de hecho los productos de consumo con CBD, y tanto el CDPH como los organismos locales aplicaron efectivamente esta postura.

Aunque el CDPH dejó relativamente clara su postura con respecto a los productos de consumo oral, no lo hizo del todo con respecto a los cosméticos. Las preguntas frecuentes no mencionan los cosméticos ni una sola vez y su título completo es «Preguntas frecuentes: cáñamo industrial y cannabidiol (CBD) en productos alimenticios» (el énfasis no es mío, sino del CDPH). A raíz de estas preguntas frecuentes, no quedó claro cuál era exactamente la postura del CDPH respecto a los cosméticos. En virtud de la Ley Sherman, el estado tiene técnicamente autoridad sobre los cosméticos, por lo que no está claro cuál era la postura de la agencia y muchas personas dieron por sentado que el silencio de la agencia sobre el CBD en los cosméticos significaba que no tenía ningún inconveniente al respecto.

Sin embargo, en enero de 2021, el CDPH publicó discretamente una versión revisada de las preguntas frecuentes, que ahora se titula «Información del CDPH sobre los derivados del cáñamo industrial (IH), incluido el cannabidiol (CBD)». La versión revisada de las preguntas frecuentes, de una sola página, comienza adoptando expresamente la postura de la FDA que prohíbe el CBD como aditivo alimentario, complemento alimenticio o alimento para mascotas, y a continuación afirma expresamente que el CBD es un adulterante en los alimentos y los cosméticos. Este es el texto pertinente:

La Ley Sherman de Alimentos y Medicamentos de California establece que cualquier alimento (incluidas las bebidas y los alimentos para mascotas) se considera adulterado si: lleve o contenga cualquier aditivo alimentario no autorizado, y que un cosmético (incluidas las lociones y los ungüentos) se considera adulterado si lleva o contiene cualquier sustancia tóxica o nociva que pueda resultar perjudicial para los usuarios en las condiciones de uso prescritas en el etiquetado o la publicidad del cosmético, o en las condiciones de uso habituales o habituales.

Las semillas de cáñamo peladas, la proteína de semillas de cáñamo y el aceite de semillas de cáñamo son los únicos componentes del cáñamo que están clasificados como GRAS y permitidos en los alimentos. El CBD derivado del cáñamo o de cualquier otra fuente no está permitido actualmente en ninguno de los productos regulados por la División de Alimentos y Medicamentos del Departamento de Salud Pública de California, incluidos alimentos, medicamentos y cosméticos.

Y ahí lo tienes. El CDPH ha adoptado ahora la increíble postura de que el CBD no puede añadirse ni siquiera a productos cosméticos como lociones o pomadas en el estado de California. Esta postura es incluso más restrictiva que la de la FDA sobre el mismo tema. En definitiva, parece que la agencia está decidida a hacer todo lo que esté en su mano para ponerle las cosas difíciles al sector. Hay numerosos estados que están haciendo todo lo posible por regular los productos de CBD y garantizar su seguridad a pesar de la postura de la FDA, pero California —la mayor economía de EE. UU.— ha decidido simplemente prohibir los productos. Sin embargo, por el momento no tenemos constancia de ninguna medida de aplicación de la ley que se haya hecho pública.

Obviamente, esto no es nada bueno para las empresas de CBD, aunque puede que haya luz al final del túnel (un «quizá» con mayúsculas), dado que se están realizando esfuerzos para aprobar leyes que obliguen al CDPH y a otros organismos a regular los productos de CBD. Ya veremos si eso sale adelante, así que estad atentos a Canna Law Blog para más novedades.

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